¿El Seguro de Vida desgrava en la Renta?

01.05.2024

Desgravar un seguro de vida en la declaración de la renta sí es posible, siempre y cuando éste cumpla con una serie de requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. A continuación, en Seguros Algemesi te explicamos qué debes tener en cuenta para poder desgravarlos.

El seguro de vida vinculado a una hipoteca

Aunque no es obligatorio contratar un seguro de vida cuando se suscribe una hipoteca, muchas entidades sí ofrecen bonificaciones si se hace. Y, en este caso, es un producto que también es deducible en la declaración de la renta, siempre que se cumplan los supuestos que dan derecho a desgravar la hipoteca.

Es decir, podrás desgravarte hasta el 15% de las cantidades satisfechas a la compra de la vivienda habitual con hipoteca, con un límite máximo de 9.040 euros y siempre que hayas adquirido la casa antes del 1 de enero de 2013. En este importe se incluye la prima del seguro de vida asociado a la hipoteca.

Seguros de vida contratados por autónomos

Los trabajadores por cuenta propia que contraten un seguro de vida podrán desgravarse las primas satisfechas durante el ejercicio, siempre que esté vinculado a su actividad habitual. 

Cuestiones a tener en cuenta en la tributación del seguro de vida

Antes de realizar la declaración de la renta y desgravar el seguro de vida, tienes que saber seguro si eres tanto el tomador como el beneficiario de la póliza. De lo contrario, no has de incluirlo en la declaración del IRPF sino en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En Seguros Algemesí disponemos de una amplia experiencia de más de 20 años asesorando a clientes y empresas en su protección patrimonial y personal. Puedes contactar con nosotros a través de los teléfonos 960489818/657903422 o a través del correo electrónico info@segurosalgemesi.es.

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