Cómo reclamar un siniestro extraordinario al Consorcio de Compensación de Seguros

15.10.2023

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) es un organismo público que se encarga de cubrir los daños a los damnificados por riesgos o siniestros extraordinarios. Normalmente, estos fenómenos son catástrofes naturales, terremotos, tormentas y situaciones similares, pero también pueden ser atentados, entre otros. A continuación, te contamos todos los pasos a seguir a la hora de reclamar un siniestro extraordinario al Consorcio de Compensación.

Reclamar al Consorcio de Seguros ¿Cómo y qué necesito?

Aunque tengas contratado un seguro de hogar, coche, vida, etc. hay determinados riesgos que no cubre la póliza, como los anteriores. El Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo de estas indemnizaciones siempre y cuando el asegurado pague un recargo en su seguro a favor del Consorcio.


Si quieres reclamar al Consorcio de Seguros, ya sean por daños materiales o personales, tienes que presentar una solicitud lo antes posible, normalmente en un periodo de siete días desde el siniestro. Este proceso puede hacerlo el propio asegurado, el tomador del seguro o algún representante legal e incluso la aseguradora con la que contrató su póliza.

¿Cómo solicitar la indemnización al Consorcio de Seguros?

Para solicitar la indemnización, ya sea por daños materiales o por daños personales, puedes hacerlo por alguna de las siguientes vías:

  • Por teléfono, llamando al 900 222 665.
  • Vía online, a través de la web del Consorcio de Compensación de Seguros.

Como hemos mencionado, las causas por las que puedes pedir indemnización al Consorcio son siniestros extraordinarios, considerados como tales:

  • Fenómenos naturales: tempestad ciclónica atípica, se incluyen los tornados y vientos con rachas superiores a 120 km/h, inundación extraordinaria (DANA), terremotos, maremotos, embate de mar, erupción volcánica, caída de aerolitos.
  • Acciones violentas como consecuencias de ataques terroristas, motín, tumulto popular o rebelión.
  • Actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o Fuerzas Armadas en tiempos de paz.

A continuación, detallaremos la documentación que tienes que presentar en cada uno de los casos.

Documentos para reclamar la indemnización al CCS

Para reclamar la indemnización al Consorcio de Seguros necesitarás presentar una serie de documentos, dependiendo del tipo de siniestro que haya tenido lugar. Como norma general, tendrás que rellenar y entregar la hoja de comunicación de daños, que puedes descargarla en la propia web del Consorcio.

Te pedirán algunos datos relacionados con la póliza del seguro, así como información del siniestro. Dependiendo del caso, deberás de entregar documentación adicional que desvelamos en los siguientes apartados.

Documentos para reclamar daños personales al seguro

Si se producen daños personales por riesgos extraordinarios y vas a proceder a reclamar la indemnización al Consorcio, junto a la hoja de comunicación tienes que adjuntar:

  • Copia del DNI/NIF del perceptor de la indemnización y del lesionado.
  • Datos bancarios del receptor de la indemnización.
  • Copia de la póliza de seguro, donde aparezcan las condiciones generales y particulares del seguro, así como sus apéndices y suplementos.
  • Una copia del recibo correspondiente a haber pagado la prima vigente en la que quede constancia que también se ha pagado la prima comercial y el recargo al Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Documentación que acredite la causa del siniestro y las lesiones y daños producidos por este.

    En caso de defunción, ¿qué documentos tengo que presentar al Consorcio de Compensación de Seguros?

    Si por algún casual, los siniestros extraordinarios ocasionaran una muerte, para proceder a la reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros junto a la hoja de comunicación tendrás que adjuntar:

    • Certificado de defunción.
    • Copia del DNI o NIF del beneficiario de la indemnización.
    • Copia de la póliza de seguro, donde aparezcan las condiciones generales y particulares del seguro, así como sus apéndices y suplementos.
    • Una copia del recibo correspondiente a haber pagado la prima vigente y el recargo al Consorcio de Compensación de Seguros.
    • Datos bancarios del beneficiario o beneficiarios de la indemnización.
    • Documentación necesaria para justificar la causa del siniestro.
    • Libro de familia, testamento o declaración de herederos. Si no hay designado un beneficiario de la póliza, se necesitará el acta de notoriedad.
    • Liquidación del impuesto de sucesiones.

    Cuánto tarda en pagar la indemnización el Consorcio de Compensación de Seguros

    El pago de la indemnización se hará efectivo a los beneficiarios que aparezcan en la hoja de comunicación, por ello, es muy importante que esta vaya cumplimentada correctamente. La indemnización se recibirá a través de transferencia a la cuenta bancaria que adjuntaste con tu documentación.

    Deberás de añadir un comprobante para verificar el titular de la cuenta bancaria, que debe coincidir con el beneficiario de la indemnización. Según la Ley de Contrato de Seguros, el Consorcio debe realizar el pago en los tres meses siguientes después de la fecha en la que se reclama el siniestro.

    El tiempo dependerá también del volumen de solicitudes que tengan y a las que tengan que hacer frente.

    Es importante seguir los procedimientos específicos de tu aseguradora y del Consorcio para garantizar que tu reclamación sea procesada de manera adecuada. Puedes obtener información detallada y los formularios necesarios en la página web oficial del Consorcio de Compensación de Seguros o a través de tu compañía de seguros.


    En Seguros Algemesí te ayudamos a realizar los trámites necesarios para reclamar la indemnización al Consorcio de Compensación de Seguros, cumpliendo nuestro compromiso de ayudar a nuestros clientes cuando más lo necesitan. Como mediadores siempre estamos al lado de nuestros clientes protegiéndolos ante cualquier circunstancia que afecte a nuestros cliente. Por ello te animamos a contratar con Seguros Algemesí contactando a través de los teléfonos 960489818/657903422 o al correo info@segurosalgemesi.es