¿Cubre el seguro del coche los daños causados por el granizo?

02.09.2022

La segunda quincena de agosto es tradicionalmente una de las épocas del año en las que suelen registrase precipitaciones localmente fuertes. Tormentas de gran intensidad acompañadas de granizo provocan la acumulación de grandes cantidades de agua en pocos minutos dejando a su paso inundaciones y daños materiales de consideración.

Una granizada de grandes proporciones es la que tuvo lugar este martes en La Bisbal de l'Empordà (Girona) donde cayeron piedras de más de 10 centímetros de diámetro, causando numerosos destrozos en coches y edificios. Decenas de vehículos que estaban aparcados en la calle cuando se desató la tormenta sufrieron abolladuras y la rotura de cristales a causa de la granizada, como pudimos ver a través de las imágenes en televisión y en las redes sociales.

Para saber si el seguro del coche cubre los daños ocasionados por una granizada hay que revisar la póliza contratada. En el contrato se especifica todas las coberturas y ahí tiene que quedar reflejado si la entidad aseguradora se hace cargo de los daños ocasionados por este fenómeno meteorológico, como impacto o choque de objetos.

Generalmente, los seguros de todo riesgo incluyen este tipo de coberturas. Así que es muy probable que si el coche está asegurado bajo esta modalidad la compañía aseguradora indemnice al propietario por los daños causados en el vehículo por el granizo. Por lo que respecta a los seguros a terceros, hay que revisar si se ha contratado la opción de cobertura de lunas. Si es así, la reparación estaría cubierta por la compañía aseguradora y no habría que hacerse cargo de la factura por la sustitución de los cristales dañados.

Ahora bien, los conductores que no tienen la póliza de cobertura de lunas se preguntarán si pueden reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) para recibir una indemnización por los daños ocasionados por el granizo. La respuesta es NO. El Consorcio tiene entre sus fines indemnizar por los daños causados tanto a bienes como a personas como consecuencia de acontecimientos extraordinarios y el granizo no está considerado como tal.

Para que un hecho sea considerado como acontecimiento o fenómeno extraordinario tiene que estar acreditado por los organismos oficiales competentes. El artículo 6 del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros recoge como acontecimientos extraordinarios aquellos ocasionados por terrorismo, motín o tumulto popular. También cubre fenómenos de la naturaleza como terremotos o maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, la tempestad ciclónica atípica y la caída de cuerpos siderales y aerolitos.

En cuando a las excepciones, el Consorcio señala entre otros la lluvia directa, los vientos no extraordinarios, el granizo, la nieve y las goteras, filtraciones o humedades. Así que, por lo tanto, los daños ocasionados por la granizada solo los cubren las aseguradoras en el caso de que este supuesto esté incluido en la póliza, bien mediante la garantía de daños propios o alguna garantía que haga referencia a este tipo de daños, como la garantía de fenómenos de la naturaleza.

En ausencia de la garantía de daños propios, esta garantía da cobertura a los daños materiales que sufra el vehículo asegurado, como consecuencia de caída del rayo, viento, pedrisco, nieve, lluvia, corrimientos y hundimientos de tierra y otros fenómenos de la naturaleza no catastróficos o extraordinarios, y sus consecuencias. Su precio en el total de la prima rondará una cantidad inferior a los 30 euros anuales.

En Seguros Algemesí aconsejamos a nuestros clientes la contratación de estas garantías dado los hechos acontecidos en Girona y otros puntos de la geografía española. El cambio climático es una realidad y la aparición de estos fenómenos es cada vez más frecuente. Ya sabes que puedes consultarnos en los teléfonos 960489818/657903422 o bien a través del correo electrónico info@segurosalgemesi.es

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