¿ Que es la Antigüedad en un Seguro de Decesos?

23.01.2022

Tras contratar un seguro de decesos, es probable que te preguntes qué sucede a medida que transcurre el tiempo durante el que tienes contratada la póliza, esto es, cómo afecta al seguro la antigüedad en el mismo.

Lo cierto es que, en contra de lo que mucha gente piensa, la antigüedad en los seguros de decesos no afecta para nada a las coberturas contratadas, que se mantendrían invariables, y su única relevancia tendría lugar en el caso de que hubieses optado por un seguro de decesos con prima nivelada, tal y como veremos más adelante.

Una Prima nivelada es el único caso en los que se mantienen los derechos de antigüedad, entendiendo éstos como la tasa de la que se parte en el momento de la contratación para que no aumente con el paso de los años.
La prima nivelada, por tanto, establece un coste a pagar durante toda la vida de la póliza constante. Es decir, siempre la misma cantidad. Y solo puede verse afectada por el incremento de los costes funerarios y no por el aumento de edad. Para cada actualización vuelve a calcular la tasa en función del importe y edad del asegurado en el momento de la actualización. Puedes ocurrir y de hecho ocurre que muchas pólizas en el mercado no están actualizadas al coste real del servicio funerario, llevando en muchos casos a cubrir parcialmente el coste íntegro del servicio fúnebre.

¿Qué es la antigüedad en un seguro de decesos?

La antigüedad en un seguro de decesos sería el tiempo que lleva la póliza en vigor. Esta antigüedad no genera, sin embargo, ningún beneficio adicional ni mejora alguna en las condiciones de tu póliza. De modo que si contratas un seguro de decesos a día de hoy, tendrás idénticas coberturas que la persona que haya podido contratar años atrás el mismo seguro.

Es más, si decides cambiar de aseguradora, desde el primer día tendrás derecho a todos los servicios de la póliza que contrates, sin importar en este sentido el tiempo que haya durado la póliza anterior.

Los «derechos de antigüedad» solo adquieren verdadero valor en el supuesto de que hubieses contratado un seguro de decesos a prima nivelada, ya que en este caso se establece una tasa precisamente en función de la edad de ingreso del asegurado.

Con esta modalidad, pagarías la misma prima a lo largo de toda la vida del seguro, lo que supone que a mayor antigüedad, menor precio relativo. No obstante, si hubieses contratado la modalidad de «prima natural», el precio se te iría incrementando a medida que fueses cumpliendo años.

En definitiva, la antigüedad en un seguro de decesos sirve para que en una prima nivelada se quede congelada la tasa en la fecha concreta en que suscribes el contrato, sin que se te aumente el precio al cumplir años. Más allá de eso, la antigüedad ni te va a permitir obtener un féretro más bonito, ni una mejor sala de tanatorio, ni ninguna otra ventaja de ese estilo.

¿Qué sucede con los derechos de antigüedad si cambias de compañía?

La Ley de Contrato de Seguros no establece ningún tipo de regulación para el caso de que decidas cancelar tu seguro de decesos con una determinada compañía para contratarlo con otra distinta. Esto significa que esta última no está obligada a mantenerte los derechos que hayas podido adquirir por el tiempo de antigüedad en la primera.

Sin embargo, siempre puedes negociar con la nueva aseguradora para que esta respete los posibles derechos consolidados respecto a antigüedad con la anterior entidad. Ahora bien, si este tipo de negociación no prospera (que suele ser lo habitual), al contratar el nuevo seguro de decesos, el contador de los años de antigüedad en la anterior póliza se pondría a cero.

Esta circunstancia no tendría relevancia alguna si tu anterior seguro de decesos era a prima natural, pero sí, en cambio, si era a prima nivelada, ya que, como vimos, la tasa a pagar habría estado congelada desde que contrataste el seguro.

De ahí que una prima nivelada tenga en este sentido un efecto disuasorio para cambiar de compañía, ya que sería muy difícil que, llevando muchos años en una compañía, otra aseguradora fuese a hacerte una mejor oferta en las mismas condiciones respecto a la prima.

Qué situaciones pueden darse en la realidad? por experiencia muchas pólizas tienen capitales que no garantizan la prestación de un servicio fúnebre completo, y la familia debe asumir gastos como el tanatorio, nicho o lápida sin ser conscientes de ellos.

Realmente donde debemos hacer hincapié es el capital contratado para la prestación del servicio fúnebre, y dependiendo de localidad o municipio establecer un servicio no por menos de 3.000 euros o incluso bastante más. Hay localidades donde sólo el nicho puede llegar alcanzar los 1.000 euros.

La antigüedad existe? si desde el punto de vista de la prima nivelada, y no desde el punto de vista de si cancelo el contrato con mi compañía en favor de otra voy a tener cobertura desde el primer día.

Nosotros somos especialistas en decesos y te aclararemos todas las dudas que puedan surgirte al respecto, y te recomendamos pongas el foco de atención en aquellos servicios que te ofrezca tu aseguradoras y puedas utilizar en vida, como la asistencia dental, programas bienestar, consultas legales, consultas médicas, asistencia en viaje, una multitud de servicios complementarios a la prestación del servicio fúnebre.

Contacta con Seguros Algemesí a través de los teléfonos 960489818/657903422 o bien al correo info@segurosalgemesi.es o bien dirigiéndote a la oficinas que tenemos a la calle Sant Sebastià 3A de Algemesí.